Bombero 1

CONCURSO DE MÉRITO Y OPOSICIÓN PARA EL CARGO DE BOMBERO 1.

BASE LEGAL:

  • Art. 30, COESCOP: Convocatoria.- La convocatoria para formar parte de las entidades de seguridad será pública, abierta y respetará los principios previstos en la Constitución de la República y en este Código.”
  • Art. 15, RESOLUCIÓN Nro. SGR-017-2023: “Convocatoria.- (…) la convocatoria deberá ser de forma pública, en medios de difusión masiva, como periódicos, páginas web, radio, televisión, respetando los principios de transparencia e igualdad de participación.

Los Cuerpos de Bomberos estarán a cargo de todo el proceso, desde su planificación hasta la incorporación de los aspirantes a la Institución, los mismos que deberán cumplir con las siguientes etapas:

1) Convocatoria;

2) Selección; y,

3) Admisión.”

1.- CRONOGRAMA DEL CONCURSO DE MÉRITOS Y OPOSICIÓN.

2.- CONVOCATORIA.

3.-FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN.

4.- DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN DE RIESGOS.

5.- DECLARACIÓN GANADOR DEL CONCURSO.